¿Qué pasó al final con el ARTÍCULO 13? – El Futuro de Internet
¿Qué pasó al final con el Artículo 13?
¿Esa ley europea que podría cerrarme el canal de Youtube, acabar con los memes,
cambiar internet tal y como lo conocemos?
Pues, uno, que fue aprobado.
Dos, que le cambiaron el nombre: ahora es Artículo 17.
Y que como esto va a cambiar internet, es hora de que los usuarios nos hagamos expertos
en las consecuencias que va a tener y en cómo sortearlas. ¿Desde cuándo es usted un experto en astrofísica termonuclear?
Desde anoche.
Hoy vamos a hablar de cómo grandes empresas ganan dinero, de la economía de los influencers,
de conflictos de intereses entre empresas y gobiernos.
Va a ser como Juego de Tronos, pero sin el sexo. ¡Pero con Pokémon! Vamos por partes.
Este es Gary. Gary no lo sabe pero va a iniciar un conflicto que durará décadas
entre las grandes familias del mundo occidental, como Disney, Google, Bélgica.
Gary ha subido una canción a Youtube que es de Disney.
Como esa canción no es suya, al hacerlo ha cometido una ♪ infracción de copyright ♪
Pues que Disney demande a Gary pero a Disney no le renta demandar a Gary
porque hay 10.000 Gary y cada uno ha subido muchas canciones.
Demandar a todos uno por uno es absurdo. Se dejarían mil euros por cada juicio, que es más de lo que recuperarían en cada juicio si los ganaran todos,
y además sería un escándalo de relaciones públicas.
Disney aquí se refiere a todas las discográficas y productoras, ¿vale?
Así que, y aquí es donde viene lo interesante,
la solución que encuentran Disney y el resto de productoras y discográficas a esto
es presionar al gobierno para hacer culpables a otras entidades del hurto de Gary.
¿No será que Samsung es culpable también por haberle vendido el teléfono con el que pirateó aquella canción?
¿No será que Movistar es culpable también por venderle el 4G con el que él pirateo aquella canción?
¿Y no será que Mercadona es culpable también por venderle un bocata
con el que obtuvo energía en forma de ATP mientras pirateaba esa canción?
Con sus mitones y su gorro de pirata.
Pues, a lo mejor sí.
A estas preguntas llevan intentando darles respuesta durante más de 20 años en muchos países.
Quizá os sorprenda pero en España efectivamente se llegó a la conclusión de que Samsung era "culpable"
por venderte las herramientas con las que tú haces "el mal", y Apple y Huawei y MSI y todo dios.
Cuando compras un móvil en España, pagas 1,10 euros adicionales a las sociedades de autores españolas.
Este es el canon digital.
Por cada tablet, pagas 3 con 15.
Por cada CD, 8 céntimos, DVD, 21 céntimos, aunque no sé quién compra ya CDs ni DVDs.
Por cada USB y tarjeta SD, 24 céntimos,
y por cada impresora, unos cinco euros,
para compensar por todas esas veces que haz impreso un libro pirata. Porque se considera que todos son un poco culpables de lo que hace Gary
y ese dinero se emplea en que las sociedades de autores paguen a las discográficas
que a su vez pagan a los músicos, autores, intérpretes, etcétera.
Es un impuesto extra para compensar por todas esas copias privadas que se harán con esos aparatos.
Vale, y entonces, ¿Movistar es culpable también de darte internet y 4G?
Porque, pensadlo: cuando Alice le manda a Bob una película pirata,
no solo lo hace con su móvil, por el que ha pagado el canon digital, sino también a través de la red de su operadora, la cual en el proceso ha tenido que hacer una copia de esa película en sus servidores para poder pasársela a Bob.
La operadora dirá: "Nosotros no sabíamos qué estaba mandando Alice, ¿vale?
Estaba todo encriptado, no hemos mirado, Alice está comunicándose con Bob,
solo hemos puesto el cable que los conecta", pero ¿qué dice el gobierno? Pues en el 98, el gobierno americano fue el primero en decir: "No, las operadoras no son culpables",
y en el DMCA Sección 512 (b) y (c), dice que la operadora es inocente si se cumple lo siguiente:
Uno, que no sabían que había algo pirata.
Dos, que no se están lucrando directamente del acto pirata en sí
sino de ofrecer todo un servicio que incluye eso por accidente.
Y tres, y aquí viene lo importante,
que cuando se le avisa de que hay algo con copyright, lo quitan directamente.
"Expeditiously" pone, "con brío".
Pero ¿y las webs?
¿Youtube, Facebook, Instagram, Twitter, Patreon, Tumblr, Tik Tok, Reddit, Menéame, Forocoches,
la sección de comentarios que hay debajo de cada noticia de El País, esas webs?
Esas también. También eran inocentes según el DMCA americano del 98
y según una ley europea que vino dos años después llamada la Electronic Commerce Directive,
un copy-paste del DMCA.
Incluso en nuestro artículo 14 usábamos la palabra "expeditiously". Una maravilla.
Esto creó un ecosistema que funcionaba de la siguiente manera: cuando Disney veía que le habían subido una película a Youtube, Reddit, Twitter Tumblr, Tik Tok,
Disney se lo comunicaba a esas webs y esas webs la quitaban "expeditiously",
pero esto era un proceso muy costoso para Disney porque había muchos Gary subiendo muchos vídeos
pero esto tiene una solución (para Disney, y el resto de productoras discográficas)
que es que, igual que Samsung que es un poco culpable por los móviles que te venden,
si ellos pudieran hacer culpables a estas webs y estas webs tuvieran que pagarles una tasa,
¿Veis por dónde van los tiros, verdad?
Pero Youtube hace 13 años vio esto venir e hizo una cosa.
En 2007, Youtube empezó a desarrollar "Content ID", el algoritmo que detecta si subes algo con copyright
y le ofrece a Disney la posibilidad de bloquearlo o ponerle anuncios delante y llevarse ellos dinero,
pero eso no fue suficiente.
Las discográficas dicen que el algoritmo no detecta todos los casos, que se deja algunos fuera,
además de que no todas las plataformas tienen detectores de contenido
y que los de algunas funcionan bastante peor que los de Youtube. Entonces, la solución es mejorar estos filtros, ponerlos en todas partes y ya está, ¿no?
Pero no es tan sencillo porque de pronto surge una facción más, una facción que nadie se esperaba.
Ahora tenemos que irnos al otro lado del mar para hablar, en este juego de tronos,
de la aparición de la facción usuario-creador.
Antes estaba muy claro quién creaba el contenido, la discográfica o productora de turno,
y quién lo consumía, los usuarios,
pero ahora todos tenemos en el bolsillo cámaras que graban en HD y podemos distribuir lo que nos dé la gana con solo darle al botón de publicar en cualquier red social,
es decir, todo usuario crea contenido además de consumirlo,
y los usuarios hacen memes y parodias y bromas usando un montón, un montón de cosas con copyright.
Y eso no es legal, al menos no en todas partes.
En Estados Unidos sí, porque en Estados Unidos existe el "Fair Use", el uso legítimo,
una doctrina legal con orígenes en comienzos del siglo XVIII,
bajo la cual tú puedes usar un fragmento de algo con copyright si es para decir algo sobre él,
si vas a parodiarlo, si estás citándolo en una review, analizándolo, explicándolo,
pero en Europa este tipo de acciones no estaban legisladas
porque la ley va por detrás de los acontecimientos,
y aquí es donde llegamos al Artículo 13... 17.
Con todo este contexto, con los usuarios intentando hacer memes ilegales
y con los dueños del copyright intentando culpar a Youtube de lo que hacen sus usuarios,
llega la Unión Europea y propone una directiva, de la que presentan varias versiones, algunas muy del lado de unos y otras muy al lado de otros. La que finalmente se ha aprobado dice lo siguiente:
(Leo solo las partes relevantes.)
Artículo 17 Apartado 3 quita la protección que pusieron en el año 2000 a las webs
en la que los usuarios les subían contenido con copyright sin que ellas lo supieran.
Dice específicamente que esa protección ya no se aplica aunque actúen "expeditiously".
Artículo 17 Apartado 4 reformula bajo qué condiciones esas webs podrían no ser culpables.
Además de actuar "expeditiously", se les añade una nueva condición (filtros de contenido)
que es que, usando altos estándares de industria,
eviten que estén disponibles contenidos con copyright que sus dueños no quieran.
Y claro, uno lee esto y dice: "Vale, o sea que van a poner filtros de contenido".
La ley dice "usar los mejores esfuerzos para evitar que estos contenidos estén disponibles".
Serán filtros de contenido.
"Usar altos estándares de industria para evitarlo", serán filtros de contenido.
Pero entonces llega el Apartado 8 que dice: "Esto no llevará a una obligación general de monitorización",
y dices: "¿Y esto qué es? ¿Que entonces los filtros no son obligatorios?
O sea, ¿a qué te referías si no con lo de altos estándares de industria y mejores esfuerzos?".
Y aquí la Unión Europea dice: "Nosotros no hemos implantado los filtros de contenido por ley.
En el Apartado 8 ponemos que no son obligatorios".
Pero luego te vas a la nota de prensa del Parlamento Europeo
en la que responden a la pregunta "¿Serán obligatorios los filtros de contenido?"
y dicen: "No, si encuentras un método mejor que los filtros de contenido, puedes usar ese".
O sea que en ese sentido no son obligatorios los filtros de contenido,
si hay un sistema todavía más restrictivo, se puede usar ese en vez de los filtros de contenido.
O sea, sí, va a haber que poner filtros de contenido, ¿vale? Por si no habéis entendido el sarcasmo.
Pero todavía hay un par de puntos muy importantes que aclarar.
Hay una cosa que han hecho muy bien,
que es que han cogido el Fair Use de Estados Unidos y lo han traído a Europa.
El Apartado 7 dice que los usuarios podrán subir un fragmento de contenido de terceros
para hacer citas, parodias, reviews, críticas, caricaturas o pastiches (o sea, memes)
y aquí es donde algunas personas dicen: "La Unión Europea no ha prohibido los memes, ves?
Específicamente pone que los permiten".
Y fíjate que yo creía que lo había explicado bien en el vídeo anterior pero se ve que no.
La Unión Europea en ningún momento va a prohibir los memes por ley.
No va a poner que cada meme lleva una multa de 200 euros o algo así.
Para entender mejor lo que va a pasar, hay que leer el Apartado 9,
que dice que tendrá que haber un sistema de reclamaciones y contrareclamaciones
a disposición de los usuarios, para que cuando el filtro te bloquee tu meme,
lo puedas reclamar y pedir una revisión manual hecha por un humano.
Es decir que las plataformas tendrán que usar alta tecnología
para impedir que se suba contenido con copyright,
que tendrán que ser filtros o algo mejor
pero se permite a los usuarios usar contenido con copyright cuando sea para hacer memes,
o vídeos analizando bandas sonoras o reviews o lo que sea, pero la realidad es que el algoritmo no va a distinguir cuando estás pirateando
y cuando estás haciendo un meme, review, parodia, etcétera, no puede distinguir.
Eso lo puede distinguir un juez. Es una encrucijada.
Os pongo el caso de este profesor alemán de música clásica
que ha subido grabaciones libres de derechos, algunas hechas por él mismo,
de obras de Puccini, Wagner, Beethoven, Schubert, Bartók, todas "claimeadas" por un algoritmo.
James Rhodes también ha tenido problemas subiendo interpretaciones suyas de Bach a Facebook,
yo he tenido problemas subiendo interpretaciones mías de fugas de Bach a Youtube,
y con música moderna también pasa.
El otro día, Sony me claimeó un vídeo en el que decían que había una cover de una canción de Taylor Swift
hecha por una artista de Sony, una artista que no conozco, que no aparece en el vídeo,
e hice el proceso de reclamación manual y Sony me dijo que no, que sí, que estaba ahí,
pero ¡no está!
Entonces mi siguiente paso sería o ír a juicio,
que, creedme, no voy a llevar a ninguna gran discográfica a juicio,
o aguantarme.
Mira del caso de Luisito Comunica, en el que un telediario le claimeó un vídeo suyo,
de Luisito Comunica,
porque el telediario sacó el vídeo en las noticias
y luego empaquetó el noticiario y lo subió un detector de contenido
y en ese noticiario había un fragmento de un vídeo de Luisito y entonces claimearon el vídeo de Luisito.
O mirad la gente que se dedica a subir versiones distorsionadas de canciones famosas.
Uno de mis vídeos de El señor de los anillos no estaba claimeado por los dueños de El señor de los anillos
sino por una pequeña empresa argentina que se dedica a robar a discográficas y a youtubers por ese proceso.
Es un caso bastante curioso y un día os hablaré de él.
En muchos casos es error del algoritmo, en muchos casos es explotación del algoritmo,
pero este es el día a día de los que nos dedicamos a las redes sociales, y esto es ya antes del Artículo 13.
Los algoritmos no están a la altura de lo que se les pide,
y la respuesta de la Unión Europea es, y cito:
"Eso decídselo a los que hacen los algoritmos, no a nosotros". La moraleja es que cada vez habrá más filtros y más potentes.
La Unión Europea nos ofrece un sistema de reclamaciones y contrareclamaciones.
Es como si hubiera una ley en los supermercados que dijese: Tú puedes coger una bandeja de mandarinas si luego la vas a pagar en caja pero es responsabilidad del supermercado asegurase que, siempre que cojas una bandeja de mandarinas,
luego la pagas en caja.
Así que la solución que se nos ha ocurrido es que, cuando tú cojas una bandeja de mandarinas,
va venir un inspector, se va a llevar tu bandeja a la otra punta de la tienda,
y tú no te preocupes, simplemente acompáñale,
rellena un formulario en el que pones tu nombre, tu teléfono, tu DNI,
firma que tú te comprometes a pagar esa bandeja de mandarinas,
y ya te dejan cogerla y llevarla a caja.
¿Qué ocurriría? Pues que mucha, mucha gente dejaría de comprar mandarinas
pero siempre podrían decir: "Nosotros no hemos prohibido que se compren mandarinas.
Incluso hemos hecho el proceso más seguro, estamos protegiendo a todo el mundo con este proceso".
Esto en inglés se llama "chilling effect", que es cuando algo es legal pero lo haces tan farragoso que, aunque sea legal, la gente prefiere no hacerlo. No hay penalizaciones para las empresas que abusan del sistema de detección de copyright
y hay una gran cantidad de vídeos libres de derechos, con música de dominio público,
que están claimeados por estas empresas,
y los usuarios no saben cómo rellenar los formularios para reclamarlo.
Así que cuando las discográficas se quejan de la gran cantidad de contenido suyo
que está en redes de manera ilegal y que ellos no monetizan, les falta por comentar la cantidad de vídeos sobre los que ellos no tienen derechos pero que han monetizado,
de los que están sacando pasta, pero que los usuarios no saben o no quieren
iniciar el proceso de reclamaciones y contrareclamaciones necesario
para que se los devuelvan.
y si Youtube es responsable de que nosotros usemos mal su plataforma,
¿por qué no se hace a las discográficas responsables del mal uso de los detectores de copyright?
Pues la respuesta es fácil: porque ellos son un lobby y yo no, y ya está.
Así que en el futuro habrá filtros más ubicuos y más agresivos,
los usuarios profesionales nos volveremos expertos
de este sistema de reclamaciones y contrareclamaciones,
y, como estos filtros se harán más sensibles, habrá mucho falso positivo
y las discográficas claimearán vídeos que no les pertenecen.
Esto equivaldrá a que Youtube pague un poco más a las discográficas, que era el objetivo inicial,
y todo sigue adelante. No es una cuestión de que es "justo" y que no.
¿Es el canon digital justo? Pues no lo sé.
Es cierto que muchos móviles se utilizan para consumir cosas piratas
pero también pagan ese canon las personas que consumen cosas de manera estrictamente legal.
Pero es que no se puede detectar quién hace qué.
Un ejemplo que me gusta mucho son los "amendments" que hicieron el año pasado
a la Audiovisual Media Services Directive.
Pusieron por ley que Netflix, HBO, Amazon Video Prime, cómo se llame,
y todas estas que ofrecen vídeo a la carta,
tenían, por ley, que ofrecer el 30 por ciento de su catálogo europeo.
Es decir que, por cada 1000 películas y series que te ofrezca Netflix, 300 tienen que ser cine europeo.
¿Es esto "justo"?
Netflix es una empresa que tiene un servicio de suscripción y viene aquí a ofrecerlo
ateniéndose a las mismas leyes que el resto de empresas internacionales
que importan productos a Europa.
Pero el gobierno le añade está tara adicional para financiar cine europeo,
porque los europeos no hemos conseguido hacer un cine que se exporte tan bien
como se exportan los blockbusters americanos o el anime japonés a través de cosas como Crunchyroll.
¿Por qué un 30 por ciento de contenido europeo?
¿Por qué no un 20, un 40 o un 31,7? ¿Cuál es el porcentaje "justo"? No hay respuesta a estas preguntas. Son pulsos entre distintos grupos de poder.
Ese número se alcanza en el momento en el que la fuerza de uno se iguala con la fuerza del otro.
Si hubieran podido llegar a un 50 por ciento de contenido europeo, habrían llegado.
Si Netflix hubiera podido llegar a un cero por ciento de contenido europeo por ley, habría llegado.
O, por poner otro ejemplo, China.
China, China, China, China.
Que sólo permite que entren una decena de películas extranjeras cada año a su país a los cines.
Si tu peli habla mal de China, eres automáticamente descartado. Tienes bonus points si cuentas con personajes chinos que sean buenas personas, competentes,
o si el gobierno chino aparece salvando al gobierno americano, cosas que hemos empezado a ver, de una manera u otra, en The Martian, Arrival o Gravity. No es casualidad,
es para que les dejen acceder al mercado chino.
O cambiar toda mención de El Tíbet que haya en los cómics del material original
por cualquier cosa que no sea El Tibet, como en Doctor Strange o en Iron Man 3.
Si aceptan tu película como una de las pocas con distribución china, es literalmente dinero gratis.
De pronto un billón de personas más van a pagar por ver tu peli, un mercado al que, si no, no tendrías acceso.
¿Es eso bueno? ¿Malo?
El gobierno chino consigue que Hollywood empiece a poner a los chinos como los buenos,
cambiando la percepción que tiene el ciudadano medio de los chinos, y a cambio les da dinero.
¿Es eso bueno o malo?
Sinceramente creo que el filtro de bueno y malo no sirve para analizar este tipo de situaciones.
Todo esto son guerras económicas en las que los usuarios funcionamos como recurso y como campo de batalla.
Y en cualquier caso, volviendo al Artículo 17, todo es razonable.
Si una discográfica dice que no toda su música es captada por los filtros
y que hay que hacerlos más agresivos porque eso les está quitando dinero,
pues es una opinión razonable.
Si los creadores decimos que estos filtros no están a la altura, están llenos de falsos positivos,
y que nos quitan dinero de vídeos que son legales, también es una opinión razonable. Seguro que firmaríamos de buen grado que se liberasen todos los vídeos con falsos positivos
a cambio de claimear correctamente todos los que sean ilegales, pero la tecnología no está ahí.
Así que cuando el sistema no está a la altura de discernir lo justo de lo injusto,
lo único que queda son estos pulsos, e intentar que no te coman. Una nota final: cuando hubo toda la queja por el Artículo 13, no era sólo por esto. Distintos organismos de la Unión Europea proponían distintas versiones del Artículo 13
y había una de ellas que era mucho peor,
porque decían que, aunque Youtube pusiera todos los filtros posibles, eso no iba a limitar su responsabilidad.
iban a ser responsables, pasara lo que pasase, de todo lo que subieran sus usuarios
y eso, como cuento en el vídeo anterior,
habría significado filtros infinitamente más agresivos con los usuarios.
Esa era parte de la estrategia de negociación de la Unión Europea, imagino, proponer una ley muy extrema para luego bajar a algo menos absurdo, y nuestra parte en la negociación fue quejarnos para que no pusieran una ley muy exagerada.
y el resultado es este punto medio.
Y hasta aquí el vídeo de hoy.
Hablando de copyright, la música que pongo de fondo en mis vídeos es de Epidemic Sound,
unos señores suecos a los que amo con locura,
que hacen música que puedes poner de fondo en tus vídeos de Youtube
de todos los géneros y estilos que te puedas imaginar,
con un clasificador lleno de categorías y con un servicio de suscripción mensual
tal que, si subes un vídeo con su música y luego te desuscribes, da igual.
Ese vídeo ya se va a poder quedar en Youtube para siempre con esa música,
y no va a ser claimeado por ningún tipo de sistema ni de algoritmo ni de leches.
Por eso llevo trabajando con ellos dos años casi ya.
Os dejo un link en la descripción con el que podéis obtener vuestro primer mes gratis.
Es una manera muy sencilla y muy guay
de subir la calidad de vuestros vídeos de Youtube de manera súper barata. Miku, ¿tú eres una micro influencer ya?
Espero que esto os haya parecido interesante.
La verdad que no sé si este tipo de temas, de cómo funciona la economía del mundo influencer,
tanto para los que somos influencers como para las grandes empresas, es algo que os puede interesar, porque seguramente podríamos hablar de más cosas curiosas.
También porque creo que es un mundo que parece mucho más oscuro y maquiavélico
cuando no lo conoces y no entiendes bien lo que está ocurriendo dentro
y luego te das cuenta que es simplemente gente en trabajos de oficina,
viviendo su día a día como pueden, todos influidos por sistemas que escapan a su control.
El caso: que el futuro está lleno de luz, aunque haya piedras en el camino. Y espero que os haya gustado este vídeo y nos vemos la semana que viene. Hasta pronto.